El soft law como producto de una relación (in)fructuosa entre el derecho y la sociedad

  1. María Isabel Garrido Gómez
    Revista :
    Oñati socio-legal series

    ISSN : 2079-5971

    Año de publicación : 2026

    Título del ejemplar: A colloquium at the intersection of law, society, and cognition: Integrating sociological and philosophical paradigms with the cognitive sciences

    Volumen : 16

    Número : 2

    Páginas : 934-955

    Tipo : Artículo

    Otras publicaciones en : Oñati socio-legal series

    Resumen

    Este artículo pretende dar cuenta del soft law como el tipo de norma jurídica más representativa en el contexto de la globalización. En este sentido, dentro de una primera aproximación, se habla del soft law como una manifestación de instrumentos diversos entre sí. A tales efectos, se señala la relevancia que juega la perspectiva de la Sociología jurídica en su análisis, partiendo de la hipótesis de que, al quedar la ciudadanía en gran medida fuera de la toma de decisiones que le afectan con un alto nivel de desprotección, se crea una ficción sociojurídica. La metodología aplicada comienza tratando la globalización económica, política y jurídica para, a continuación, adentrar la reflexión en el análisis propiamente dicho del soft law, dando a conocer deductivamente cuáles son sus rasgos más característicos. Por último, se llega a la conclusión de que se debe encontrar otro medio que sustituya o complemente al soft law para proteger a los grupos vulnerables, dados los problemas que concurren en torno a la ficción de una producción de normas desconectada de la ciudadanía que pretenden ser garantes de la justicia.

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